IDAE publica una nueva actualización de su guía para la tramitación y puesta en marcha de instalaciones de autoconsumo
El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE), entidad dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, ha publicado la versión actualizada y completa, de su guía para la tramitación y puesta en marcha de instalaciones de autoconsumo energético.
Entre sus principales novedades, el documento incorpora una hoja de ruta que explica, en cinco pasos, los requisitos y potenciales beneficios del autoconsumo en hogares. En esta publicación se explican, por ejemplo, las diferentes fórmulas de gestión de los excedentes –la energía producida y no autoconsumida de forma inmediata por las instalaciones- o el tiempo necesario para amortizar la inversión de instalar un sistema de autoconsumo, que puede ser de entre 6 y 10 años para un hogar de cuatro residentes.
Además, la guía amplía la parte dirigida a profesionales, empresas y administraciones con nueva información técnica; un apartado de “quién es quién” en el que se explica el papel que juega cada uno de los actores involucrados en la instalación de sistemas de autoconsumo; una sección sobre la tramitación autonómica y un listado de buenas prácticas destinadas a ayuntamientos y entidades locales.
Con esta guía, el IDAE ofrece información detallada de las diferentes modalidades de autoconsumo vigentes en España tras la aprobación de los Reales Decretos Ley 15/2018 –que ponía fin al “impuesto al sol” y eliminaba trabas administrativas al autoconsumo–y el Real Decreto 244/2019, que define de forma clara las nuevas condiciones y en especial las nuevas posibilidades: autoconsumo colectivo, de proximidad y la compensación simplificada de excedentes.
A los pocos días de la aprobación de la segunda de estas normas, el Instituto –junto a Eneragen– presentó una versión preliminar de este documento que, ahora, se ha completado con las aportaciones de distintas entidades del sector y la colaboración de las comunidades autónomas.
Hasta la aprobación del real Decreto 244/2019, si el autoconsumidor quería obtener una compensación debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y declaraciones fiscales que la ley exige. Con la nueva normativa puede seguir optando por esa solución, puede almacenar la energía excedentaria en una batería para su uso posterior o, si su instalación no es superior a los 100 kilovatios (kW), puede elegir que la comercializadora de energía le compense por la energía excedentaria en cada factura mensual.
Más información para los profesionales
La parte dedicada a instaladores, empresas y administraciones públicas se ha visto completada. Entre otras cuestiones, se incluye un apartado detallado sobre tramitación autonómica, que permite identificar las casuísticas específicas de distintos territorios, así como aprovechar las ventanillas únicas o procedimientos simplificados que algunas de las comunidades han habilitado.
También se incorpora una sección sobre tramitación local, con una serie de mejores prácticas y recomendaciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales, que puede servir de punto de partida para un trabajo más en profundidad con los consistorios para la promoción del autoconsumo en sus ámbitos de competencia.
Asimismo, se incluye información técnica adicional sobre el autoconsumo colectivo o ejemplos de modos de conexión que se pueden aplicar para estas instalaciones, y se facilitan plantillas o modelos de documentación en formato editable para facilitar trámites como los acuerdos entre distintos consumidores asociados en un sistema de autoconsumo colectivo.
Tanto la publicación para ciudadanos como para profesionales pueden encontrarse en la siguiente dirección web: https://www.idae.es/tecnologias/energias-renovables/autoconsumo