Acuerdo alcanzado sobre el Mecanismo de Ajuste en Frontera de las Emisiones de Carbono (CBAM)
- Este mecanismo evitará la llamada ‘fuga de carbono’ que se da al trasladar la producción al extranjero o al importar productos intensivos en carbono.
La Comisión acoge con satisfacción el acuerdo político alcanzado esta mañana entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el Mecanismo de Ajuste en Frontera de Emisiones de Carbono (CBAM por sus siglas en inglés). El CBAM es la herramienta de referencia de la UE para poner un precio justo al carbono emitido durante la producción de bienes intensivos en carbono que ingresan en el territorio, y fomentar una producción industrial más limpia en los países no pertenecientes a la UE. El acuerdo se complementará con la revisión del Sistema de Comercio de Emisiones (ETS), con negociaciones que tendrán lugar a finales de esta semana, y que alineará la eliminación gradual de la asignación de derechos de emisión gratuitos con la introducción de CBAM para apoyar la descarbonización de la UE. industria.
El cambio climático es un problema global que necesita soluciones globales. A medida que la UE eleva su propia ambición climática, y mientras prevalezcan políticas climáticas menos estrictas en muchos países no pertenecientes a la UE, existe el riesgo de la llamada ‘fuga de carbono’. La fuga de carbono ocurre cuando las empresas con sede en la UE trasladan la producción intensiva en carbono al extranjero, a países donde existen políticas climáticas menos estrictas que en la UE, o cuando los productos de la UE son reemplazados por importaciones más intensivas en carbono.
Al asegurarse de que se pague un precio por las emisiones de carbono incorporadas generadas en la producción de determinados bienes importados a la UE, el CBAM se asegurará de que el precio del carbono de las importaciones sea equivalente al precio del carbono de la producción nacional, asegurando así que la UE los objetivos climáticos no se ven socavados. El CBAM está diseñado de tal manera que es compatible con las normas de la OMC.
“Acojo con beneplácito el acuerdo político alcanzado esta mañana sobre la propuesta de la Comisión para un mecanismo de ajuste fronterizo de carbono. Esta es una parte central de nuestro Acuerdo Verde Europeo, que previene el riesgo de fuga de carbono. Es un gran paso adelante, ya que elevamos nuestras ambiciones climáticas ”, ha señalado la presidenta Ursula Von der Leyen.
Elementos clave
El CBAM se aplicará inicialmente a las importaciones de ciertos bienes y precursores seleccionados cuya producción es intensiva en carbono y con un riesgo más significativo de fuga de carbono: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. Con este alcance ampliado, CBAM eventualmente, cuando se implemente por completo, capturará más del 50% de las emisiones de los sectores cubiertos por ETS. En virtud de este acuerdo político, el CBAM entrará en vigor en su fase de transición a partir del 1 de octubre de 2023.
La introducción gradual de CBAM a lo largo del tiempo permitirá una transición cuidadosa, predecible y proporcionada para las empresas de la UE y fuera de la UE , así como para las autoridades públicas. Durante este período, los importadores de bienes en el ámbito de las nuevas reglas solo tendrán que reportar las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) integradas en sus importaciones (emisiones directas), sin realizar ningún pago o ajuste financiero. El acuerdo prevé que las emisiones indirectas se incluirán en el alcance después del período de transición, sobre la base de una metodología que se definirá mientras tanto.
Una vez que el sistema permanente entre en vigor, de acuerdo con un calendario que se definirá en las normas revisadas del RCDE UE que se están negociando actualmente, los importadores deberán declarar cada año la cantidad de bienes importados a la UE en el año anterior y sus GEI incorporados. Luego entregarán el número correspondiente de certificados CBAM. El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE expresado en €/tonelada de CO2 emitida.
Antes de la entrada en vigor del sistema definitivo se concluirá una revisión del funcionamiento del CBAM durante su fase de transición. Al mismo tiempo, se revisará el alcance del producto para evaluar la viabilidad de incluir otros bienes producidos en sectores cubiertos por el EU ETS en el alcance del mecanismo CBAM, como ciertos productos downstream y aquellos identificados como candidatos adecuados durante las negociaciones. El informe incluirá un calendario que establezca su inclusión para 2030.
Fuente: Comisión Europea