Acuerdo en la UE para impulsar la implantación de la infraestructura de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno
- El objetivo es impulsar la movilidad mediante combustibles alternativos, garantizando que las infraestructuras se despliegan a la misma velocidad que la adopción de los vehículos.
La Comisión acoge con satisfacción el acuerdo político alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo para aumentar el número de estaciones de recarga eléctrica y repostaje de hidrógeno de acceso público a través de los principales corredores y centros de transporte de la Unión Europea. Se trata de un acuerdo histórico que permitirá la transición hacia un transporte por carretera sin emisiones y contribuirá a nuestro objetivo de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030.
El nuevo Reglamento para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos establece objetivos obligatorios de implantación para las infraestructuras de recarga eléctrica y repostaje de hidrógeno en el sector del transporte por carretera, para el suministro de electricidad en puerto en los puertos marítimos y fluviales y para el suministro de electricidad a las aeronaves estacionadas. Al asegurar un mínimo de infraestructuras de recarga y repostaje en toda la UE, el Reglamento acabará con la preocupación de los consumidores finales por la dificultad de recargar o repostar un vehículo. El Reglamento también allana el camino para una experiencia de recarga y repostaje de fácil uso, con plena transparencia de los precios, opciones de pago mínimo comunes e información coherente al cliente en toda la UE.
Infraestructura para el transporte por carretera, el transporte marítimo y la aviación
Las nuevas normas del Reglamento garantizarán una infraestructura suficiente y fácil de utilizar para los combustibles alternativos para el transporte por carretera, el transporte marítimo y la aviación. Esto permitirá el uso de vehículos de carretera cero emisiones, en particular vehículos ligeros y pesados eléctricos y de hidrógeno, así como el suministro de electricidad a los buques amarrados y a las aeronaves estacionadas. En concreto, deberán cumplirse los siguientes objetivos principales de implantación en 2025 o 2030:
- La infraestructura de recarga para turismos y furgonetas debe crecer al mismo ritmo que la adopción de los vehículos. A tal fin, por cada coche eléctrico de batería matriculado en un Estado miembro determinado, debe proporcionarse una potencia disponible de 1,3 kW a través de una infraestructura de recarga de acceso público. Además, cada 60 km a lo largo de la red transeuropea de transporte (RTE-T), deben instalarse estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW a partir de 2025.
- Las estaciones de recarga destinadas a vehículos pesados con una potencia mínima de salida de 350 kW deben implantarse cada 60 km a lo largo de la red básica de la RTE-T, y cada 100 km en la red global de la RTE-T a partir de 2025, con una cobertura completa de la red que debe alcanzarse de aquí a 2030. Además, deben instalarse estaciones de recarga en zonas de estacionamiento seguras y protegidas para la recarga nocturna, así como en nodos urbanos para los vehículos de entrega.
- La infraestructura de repostaje de hidrógeno que pueda abastecer tanto a automóviles como a camiones debe implantarse a partir de 2030 en todos los nodos urbanos y cada 200 km a lo largo de la red básica de la RTE-T, garantizando una red suficientemente densa para permitir que los vehículos de hidrógeno circulen por toda la UE.
- Los puertos marítimos que tengan al menos 50 escalas portuarias de grandes buques de pasajeros, o 100 escalas portuarias de buques portacontenedores, deberán proporcionar electricidad en puerto a dichos buques de aquí a 2030. Esto no solo reducirá la huella de carbono del transporte marítimo, sino que también reducirá significativamente la contaminación atmosférica local en las zonas portuarias.
- Los aeropuertos deben suministrar electricidad a las aeronaves estacionadas en todos los puestos de estacionamiento en contacto (puertas) de aquí a 2025, y en todos los puestos de estacionamiento remotos (puestos exteriores) de aquí a 2030.
- Los operadores de estaciones de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno deben garantizar la plena transparencia de los precios, ofrecer un método de pago común ad hoc, como la tarjeta de débito o de crédito, y poner a disposición datos pertinentes, como los relativos a la ubicación, por medios electrónicos, garantizando así que el cliente esté plenamente informado.
Fuente: Comisión Europea