El Gobierno aprueba el I Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica
El Consejo de Ministros aprobó la pasada semana, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, el primer Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica (PNCCA), que permitirá reducir de manera muy significativa los niveles de contaminación de compuestos y sustancias muy nocivas para la salud, en cumplimiento de los compromisos establecidos para España en la Directiva de Techos Nacionales de Emisión para 2030. El plan contempla un total del 57 medidas dirigidas a todos los sectores contaminantes necesarias para alcanzar esta meta, y proteger la salud de las personas y de los ecosistemas.
Esta directiva estableció unos compromisos nacionales de reducción de emisiones para el dióxido de azufre (SO2), los óxidos de nitrógeno (NOx), los compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM), el amoníaco (NH3) y las partículas finas (PM2,5) para 2020 y 2030, que España incorporó a su ordenamiento jurídico mediante el Real Decreto 818/2018.
La Directiva citada fija la obligación a los Estados Miembros de aprobar un Programa Nacional de Control de la Contaminación, en el que se establecen acciones en todos los sectores pertinentes, tales como la agricultura, la generación de energía, la industria, el transporte por carretera, el transporte por vías navegables y aéreas, la calefacción doméstica, la utilización de máquinas móviles no de carretera y el uso y fabricación de disolventes.
Este programa, que ahora será enviado a la Comisión Europea y a la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), establece una serie de medidas sectoriales y transversales, en consonancia no solo con las políticas nacionales de calidad del aire, sino también con las políticas energéticas y climáticas definidas en el borrador del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 remitido a la Comisión Europea el pasado mes de febrero. En definitiva, este programa hace que confluyan por primera vez medidas para lograr la descarbonización con aquellas que persiguen mejorar la calidad del aire.
Se considera que el horizonte temporal del PNCCA es de 2020-2030 y es para ese horizonte para el que están diseñadas las medidas y las reducciones proyectadas, debido a que los objetivos de la Directiva de Techos también se establecen para el año 2030. No obstante, al PNCCA se le asigna el periodo 2019-2022 porque la Directiva establece la obligación de actualizar al menos, cada cuatro años, los programas nacionales. Por tanto, el Gobierno deberá presentar una actualización dentro de cuatro años o antes si es necesario o si así lo indican la información de los inventarios y las proyecciones de emisiones de estos contaminantes.
57 medidas por sectores de actividad
La directiva marca un objetivo final de resultado en 2030. Con las medidas y políticas ya existentes se constató que el objetivo no se alcanzaría salvo que se implementaran medidas adicionales en todos los sectores contaminantes.
Con este objetivo, el PNCCA plantea un total de 57 medidas que están agrupadas por sectores de actividad en 8 paquetes sectoriales (mix energético, transporte, industria, eficiencia energética en industria manufacturera y en el sector residencial y comercial, generación y gestión de residuos, agricultura y ganadería) y 5 destinados a mejorar la situación a futuro de los compuestos orgánicos volátiles.
La combinación de las medidas del PNIEC y de esta primera fase del PNCCA permitirá reducir hasta 2030 el número de muertes prematuras vinculadas a la contaminación atmosférica entre un 17 y un 36% respecto del escenario tendencial.
COMPROMISOS NACIONALES
La Directiva de Techos fijó compromisos nacionales para cada Estado miembro. Los porcentajes de reducción para España en 2030 (con respecto al año 2005) son de un 88% para el dióxido de azufre (SO2); un 62% para el óxido de nitrógeno, un 39% para compuestos orgánicos volátiles no metánicos (COVNM), un 16% para el amoníaco (NH3) y un 50% para partículas finas (PM2,5).
Además de los perjuicios para la salud de los ciudadanos y de los ecosistemas, el hecho de no disponer de este programa para alcanzar los techos de emisión que establece la directiva comunitaria para 2020 y 2030 abriría la posibilidad de que la Comisión Europea iniciara procedimientos de infracción contra el Reino de España que, en su caso, podrían suponer multas millonarias.
Durante el proceso de elaboración del Programa se ha contado con la participación de otros departamentos ministeriales implicados en la ejecución de las medidas del mismo. También se han tenido en cuenta las aportaciones de las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y del Consejo Asesor de Medio Ambiente y de los interesados y del público, a través de un proceso de participación pública.