Publicados los criterios para la preselección de los proyectos de hidrógeno renovable que participarán en el mecanismo PIICE
La Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) han aprobado una resolución conjunta que determina los criterios para la primera preselección de los proyectos de hidrógeno renovable que formarán parte del proyecto europeo destinado a apoyar la cadena de valor del hidrógeno renovable bajo el mecanismo Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (PIICE), donde participarán conjuntamente empresas nacionales y europeas.
Los criterios servirán de base para la preselección de los proyectos nacionales que tratarán de incluirse dentro de esta iniciativa. Para identificar estos proyectos, y con objeto de reducir las cargas administrativas para las empresas, se parte de la información recopilada en la manifestación de interés sobre hidrógeno renovable lanzada por el MITECO (que finalizó el 19 de diciembre de 2020) y en la convocatoria de interés nacional impulsada por el MINCOTUR (finalizada el 15 de junio de 2020), por lo que las empresas que ya han presentado sus proyectos a estas convocatorias no deben remitir nueva información, a no ser que deseen modificar y/o actualizar su contenido.
No obstante, a esta convocatoria también se pueden sumar los promotores que deseen participar en el mecanismo y no hayan enviado sus proyectos con anterioridad.
Criterios de selección
Los proyectos deberán contribuir a cumplir los criterios de la Comunicación de la Comisión Europea (2014/C 188/02) relativos al análisis de la compatibilidad con el mercado interior de las ayudas para fomentar la realización de proyectos importantes de interés común europeo y ser compatibles con la con la “Estrategia Europea del Hidrógeno” y con la “Hoja de Ruta del Hidrógeno: Una apuesta por el hidrógeno renovable”.
En este sentido, los proyectos deben tener un importante carácter innovador; posibilitar el desarrollo de productos o servicios nuevos con elevado contenido de investigación; permitir que en ellos participe –a ser posible- más de un Estado miembro y que sus beneficios no se circunscriban en exclusiva a sus territorios ni se limiten a las empresas o al sector directamente interesado; que tengan efectos positivos sobre otros niveles de la cadena de valor del hidrógeno renovable; y que el promotor del proyecto seleccionado participe en su cofinanciación.
Los proyectos con mayor nivel de madurez tendrán carácter prioritario, aunque aquellos con un desarrollo menor también contarán, a priori, con la posibilidad de participar en futuras “oleadas” de este instrumento convocadas por la Comisión Europea.
En cualquier caso, esta resolución no implica la obtención de ayudas, por lo que las empresas promotoras deben garantizar la capacidad de asumir la inversión necesaria para el desarrollo del proyecto.